Negarse a soplar en alcoholemia

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Uno de los mayores temores que tienen aquellas personas que conducen vehículos particulares, tiene que ver con cometer alguno de los delitos básicos relacionados con un accionar imprudente. Entre ellos, existen toda clase de mitos acerca de los controles de alcoholemia, y por eso queremos analizar algunos de los aspectos acerca de estas pruebas, y qué pasa si no se cumple con las mismas.


De hecho, la pregunta sobre las consecuencias de negarse a soplar en alcoholemia es muy común. La mayoría de quienes conducen pretenden saber qué podría pasar en caso de que, eventualmente, estando alcoholizados sean detenidos por las autoridades de tráfico, y deban pasar por el examen.


Alcoholemia


Para adentrarnos en esta cuestión vamos a servirnos de lo que dicen al respecto desde JR Abogados, posiblemente los mejores abogados en delitos de alcoholemia, quienes han atendido miles de casos similares, ayudando a quienes cometieron una infracción y ahora deben afrontar las consecuencias.


¿Qué tener en cuenta ante el test de alcoholemia?


Bien, la primera respuesta en este sentido es que si te niegas a pasar por el test de alcoholemia, sufrirás una pena de hasta un año de prisión, por lo que nunca deberías negarte a soplar, ya sea que se trate de una detención de rutina, o en una situación de accidente.


El motivo o la razón principal por la cual no deberías negarte es que eso te asegurará ese castigo. Siempre que rechaces la prueba, tendrás la prisión asegurada, desde seis meses hasta un año. Además de eso, te expones a que te quiten el carnet entre uno y cuatro años.


En otras palabras, aunque hayas bebido más de lo aconsejable y legal, es mejor soplar y exponer a lo que ello represente en términos de asumir las penas establecidas, que negarte y sellar tu destino. En varios casos, al soplar te evitas caer en prisión. Eso es lo más importante en tal circunstancia.


Por otro lado, no hay ningún truco relacionado con soplar mal a propósito, ya que si lo haces se te indicará cómo es el procedimiento correcto, pero si sigues haciéndolo de forma defectuosa, corres riesgo de que se te impute un delito del artículo 383 del Código Penal, relacionado con la negativa nuevamente a soplar. Si estás demasiado alcoholizado, y por eso soplas mal, no hay otro castigo.


Resumiendo entonces, el Tribunal Supremo determina que si te niegas a soplar, y el policía informa sobre ello, serás culpable de negativa a soplar (artículo 383 C.P) y alcoholemia (artículo 379.2 C.P).


Esto, incluso cuando ciertas Audiencias Provinciales consideraban que el delito de mayor gravedad, el de la negativa, incluía dentro de sí al de alcoholemia. Pero, actualmente, casi nunca es así. Cualquier fiscal te acusará de los dos delitos, y tienes la pena de prisión esperándote.


Asimismo, lo comentado contempla tanto el primer examen como el segundo examen, ya que deben hacerse dos en un plazo de aproximadamente diez minutos, y no debes negarte a ninguno de ellos.

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