El Tribunal Superior de Justicia da la razón a IU en su demanda por vulneración de derechos fundamentales

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El Tribunal Superior de Justicia da la razón a IU en su demanda por vulneración de derechos fundamentales y anula la Comisión Informativa que aprobó el convenio del ARCH.

Comunicado IU Béjar / El Ayuntamiento manipuló la convocatoria, para justificar que se convocara con 25 minutos de antelación.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha notificado en la mañana de hoy la Sentencia 24/2013 de catorce de enero, en la que, anulando la Sentencia de instancia, que desestimó un recurso presentado por Miguel Flores, acuerda:
“que estimando la demanda origen de este proceso, debemos declarar y declaramos radicalmente nula, por vulneración del derecho fundamental a participar en los asuntos públicos consagrado en el artículo veintitrés, uno, de la Constitución Española, la convocatoria extraordinaria y urgente de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras, Servicios y Medio Ambiente de fecha veinte de julio de dos mil once del Excmo. Ayuntamiento de Béjar.”

La Sentencia, ha sido tildada por IU como auténtico varapalo al equipo de gobierno del Ayuntamiento de Béjar, que al poco tiempo de tomar posesión, convocó una Comisión Informativa Extraordinaria para aprobar definitivamente el convenio del ARCH. Aquella comisión fue convocada sin notificárselo al concejal de IU, que pese a haber sido avisado por el edil del PSOE Juan Tomás Sánchez García, pero como en aquel momento trabajaba en Barco de Ávila y que no pudo llegar a tiempo a la misma.
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia se centra, siguiendo los argumentos de la demanda de IU, en que la urgencia no estaba justificada porque no era cierto que la Junta de Castilla y León hubiera requerido al Ayuntamiento para que firmara el convenio del ARCH de inmediato con la advertencia de retirar o perderse la subvención, argumento que la presidenta de la Comisión Informativa de Obras razón por la Concejala y presidenta de la Comisión Informativa de Obras, Raquel González Blanco convocó la Comisión Informativa con 25 minutos de antelación.

Pues bien, a ese respecto, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia es contundente:

“En la contestación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León -folio 101- no hay referencia alguna a ningún requerimiento urgente como el referido por la Presidencia de la Comisión, por lo que la convocatoria de la misma no cuenta con respaldo fáctico alguno. Y si no hay razón que respalde la razón de ser de una convocatoria urgente, no pueden limitarse los derechos de los representantes en los Órganos Municipales y, por ello, se han vulnerado sus derechos constitucionales y el acto es radicalmente nulo, según el artículo 62.1.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.

Izquierda Unida denuncia que de forma torticera el Ayuntamiento ha puesto bajo sospecha la actitud de Miguel Flores como concejal: “han insinuado cosas como que soy un vago –cuando reclamaba poder compatibilizar mi trabajo y el cargo de concejal-; que tengo una actitud negligente –cuando en realidad me convocaban de ahora para dentro de un rato y sin tener en cuenta que yo por las mañanas trabajo-, y han pretendido hacer ver que quiero arruinar al Ayuntamiento con pleitos absurdos, cuando en realidad lo que ocurre es que este Ayuntamiento ha pretendido tratarme como un concejal de segunda categoría, por el hecho de formar parte de una formación política modesta”.

IU señala que la responsabilidad del coste de los procedimientos recae exclusivamente en el Alcalde, que además ha obstaculizado cualquier tipo de negociación y ha mostrado una actitud autoritaria y déspota”.

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