El proyecto de la Thesa, ¿visado o sin visar?

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Comunicado del concejal de Ciudadanos Antonio Fernández Espina / Parece como si estuviera en el mercado negro, con IVA o SIN IVA a gusto del consumidor...

Dejo el tema del IVA para otro día y me voy a quedar con lo del VISADO, de esa forma dirigimos la mirada a otra frase de las que se han dicho en el pleno extraordinario sobre el Ferial en la Thesa.

Bien, pues comienzo a relatar

Dilucidamos sobre VISADO o SIN VISAR, nada más fácil, leamos el Real Decreto 1.000/2.010 que por una casualidad de la vida viene a regular este tema, el decreto en si, se denomina REAL DECRETO 1000/2010, de 5 de Agosto, sobre visado colegial obligatorio.

POR LO QUE VEO EL VISADO ES OBLIGATORIO, el Título del Decreto lo dice bien claro es "OBLIGATORIO " es evidente que los documentos que nos ha enseñado el Sr. alcalde están sin visar.

Que fácil ha sido, y ahora ¿cual es el problema.?

Pues en el momento que nos ocupa el trámite de un proyecto redactado/firmado por dos arquitectos, uno de ellos el arquitecto municipal, aprobado por Resolución de alcaldía numero 1.534 de 9 de Septiembre de 2.015, hasta ahí bien, pero y después de ahí.

Y viene lo importante, ¿se ha cumplido el Real Decreto sobre visado colegial obligatorio?

La exposición de motivos del Real Decreto, dice textualmente "el artículo 4 establece como excepción a la obligación de visar el caso en que el trabajo profesional deba presentarse ante la oficina de supervisión de proyectos de la administración pública competente."

Y ahí es donde yo veo rarezas.

1º ¿El ayuntamiento de Bejar tiene la Oficina de supervisión de proyectos de la Administración pública competente?
NO, NO LA TIENE¡¡¡¡

2º ¿Puede ser juez y parte el arquitecto municipal? Redactor del proyecto y luego supervisarlo a la vez.

No, no puede ser, por aplicación de la norma más evidente que hay en justicia.

Y ahí es donde el visado, entiendo, que debe de ser desde una oficina independiente, ya sea propia del ayuntamiento o del colegio profesional correspondiente y esta oficina deberá según leo, comprobar la identidad y habilitación profesional de los autores del trabajo, así como comprobar la corrección e integridad formal del trabajo profesional de acuerdo con la normativa aplicable.

Sr. Alcalde revise el protocolo de actuación en la aprobación de dicho proyecto.

A que volvemos a encontrar cosas que se están haciendo mal y nadie quiere verlas!!

Gracias

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