La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, introdujo la posibilidad de que un divorcio de mutuo acuerdo pueda realizarse ante el Letrado de la Administración de Justicias o ante Notario.
A través de este artículo te explicamos en qué consiste el divorcio notarial y cómo llevarlo a cabo.
¿Qué requisitos son necesarios para divorciarse ante notario?
En primer lugar, hay que tener en cuenta que solamente se podrá acceder al divorcio ante notario cuando se trate de un divorcio exprés o de mutuo acuerdo.
Así, los requisitos que debe cumplir un divorcio para llevarse a cabo ante notario son los siguientes:
Además, para realizar un divorcio notarial, se tendrá que acudir al notario que corresponda con el último domicilio común o el del domicilio habitual de cualquiera de las dos partes.
¿Qué documentación hay que presentar para un divorcio notarial?
Por norma general, se necesitan una serie de documentos dependiendo de cada caso para solicitar el divorcio ante notario. La documentación requerida es la siguiente:
El notario realizará un control de los acuerdos alcanzados por los cónyuges, y en el caso de que considere que algún acuerdo pueda resultar perjudicial para alguna de las partes dará por finalizado el expediente y los cónyuges sólo tendrán la posibilidad de divorciarse acudiendo a un Juez.
¿Qué trámites hay que realizar tras la firma de la escritura de divorcio?
Una vez firmada la escritura de divorcio ante notario, se realizan varios trámites a tener en cuenta.
En primer lugar, el Notario remite la escritura de divorcio a la Oficina General del Registro Civil, donde realizarán de manera inmediata la inscripción del divorcio.
Asimismo, se debe liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en un plazo de 30 días hábiles desde que se otorgue la escritura de divorcio.
Por último, se tiene que inscribir los bienes atribuidos a cada uno de los cónyuges en el Registro de la Propiedad.
Si lo deseas puedes encontrar más información sobre el divorcio notarial aquí.
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