Reclamación de deudas impagadas, facturas, albaranes, reclamación a particulares

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Tener una deuda no solo es una obligación sino también una causa de angustia para el deudor. Por supuesto, siempre está el riesgo de recibir una Reclamación de facturas impagadas o préstamos particulares. A continuación, te mostramos cuál es el proceso que se debe seguir para realizar tal acción.

· El cobro de una deuda

Cualquier acreedor verá desagradable tener que estar recordando o cobrándole a su deudor. Lamentablemente, algunos han tenido que caer incluso en implorar el pago de una factura, aunque no es justificable tener que llegar a eso. Mientras tanto, el deudor tendrá la vida difícil al tener al acreedor cada día atrás de él.

Ahora bien, no todas las personas caen en mora porque quieren sino más bien porque no pueden. Es probable que haya ocurrido un imprevisto que hizo mucho más complicado el pago de la deuda. Pero para que al creedor no le ocurra todo lo anterior, le enseñamos el mejor y más efectivo método de cobro de deudas.

· Las formas para cobrar una deuda impagada: ¿cuál es la mejor?

Todo depende de cuánto poder tenga el acreedor y quien sea. Por ejemplo, si es familiar es probable que algunas cuotas sean perdonadas. Sin embargo, también hay riesgo de que haya discusiones y peleas familiares.

· Cobrar usando la violencia

Respaldarse en la violencia, extorsión y amenazas es lo peor que puede hacer el acreedor. No olvidemos que las leyes respaldan los derechos de cada parte, sobre todo cuando están siendo violados los derechos del acreedor. En vez de arriesgarse a recibir sanciones, es mejor respaldarse en un abogado que ofrezca soluciones eficaces.

No te olvides que el crimen organizado, los delincuentes habituales y la mafia no usan los servicios de abogados especialistas en cobro de deudas, mucho menos de tribunales o juzgados. Así que para hacer las cosas más fáciles para ti, te aconsejamos tomar la mejor decisión a este respecto.

· Utilizar un cobrador secundario

Otro error común que se comete en el cobro de una deuda es hacer uso de servicios de cobranza. Los acreedores que acuden a personas que persiguen al moroso no logran su cometido. Vale mencionar que estos individuos van vestidos de forma directa, logrando que todos alrededor del prestatario sepan en el conflicto que se encuentra.

Ahora bien, los honorarios de estos cobradores son muy elevados. Por cuanto, si la deuda no es alta, no vale la pena acudir a estos. Aun cuando no hay una violencia física, el objetivo es hostigar al deudor hasta que se vea forzado a pagar la deuda, aunque esto implique solicitar otro préstamo y tener otro acreedor.

Por supuesto, utilizar este medio puede repercutir en ti. Desde el 2015, el código penal español enmarca el acoso de este tipo como un delito. Entonces, el acreedor cae en riesgo de cometer un ilícito penal.

· Reclamación de deudas por medio de un abogado

Esta es la mejor opción que tiene un acreedor para recibir su dinero devuelta. ¿Por qué? Este medio ofrece auxilio judicial para hacer el cobro de la deuda de forma legal. Por cuanto, no hay manera de que el acreedor se meta en problemas por acudir a la justicia.

Claro está, este método es el más lento. Aun así, podemos decir que es el más seguro para recibir el dinero de la deuda sin tener que pasar por encima de los derechos e integridad de la otra persona.

A través de un abogado puedes llegar a tu deudor al juzgado e interponer una demanda. En este sentido, se abrirá un juicio monitorio para reclamar la deuda. Aunque no lo creas, el proceso es muy sencillo y más rápido de lo que crees.

· Fases del juicio monitorio

Lo primero que tiene que hacer el acreedor es interponer una petición de la deuda. En el escrito debe identificarse a ambas partes con nombre y apellido (en caso tal de ser una empresa, la razón social de la misma). También debe identificarse el domicilio y la cantidad de dinero que se debe. Es importante informar el origen y adjuntar la documentación que acredite el impago de la deuda.

Luego de ser admitida la petición, serán llamados al juzgado y de confirmarse la deuda, se impondrá un tiempo de 20 días hábiles para cumplir con la obligación. De hacer caso omiso a la justicia, puede legar a las últimas consecuencias: el embargo.

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