La Cámara de Comercio de Béjar avisa del inicio de una campaña de inspección en establecimientos industriales

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La Dirección General de Industria de la Junta de Castilla y León pone en marcha una campaña de inspección en establecimientos industriales. El objetivo de esta campaña es la comprobación del cumplimiento de las obligaciones que deben cumplir las instalaciones de protección contra incendios en dichos establecimientos industriales, asegura la Cámara de Comercio de Béjar en un comunicado.

Tal y como se indica en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 2267/2004, para la puesta en marcha de los establecimientos industriales se requiere de la presentación de un proyecto o memoria que justifique el cumplimiento del reglamento de protección contra incendios en establecimientos industriales y un certificado emitido por un técnico titulado competente, con el objetivo de registrar la instalación.

Por otro lado, como se recoge en el artículo 8, los titulares de los establecimientos industriales a los que sea de aplicación este reglamento deberán solicitar a un organismo de control, facultado para la aplicación del mismo, la inspección de sus instalaciones.

En los establecimientos industriales anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 2267/2004 que cuentan con instalaciones de protección contra incendios, es de aplicación el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, en aquellas disposiciones relativas a su mantenimiento y a su inspección periódica.

Durante la campaña de inspección, se pretende verificar el adecuado estado y mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, que las instalaciones han sido correctamente inscritas, e inspeccionadas.

Si se constatan deficiencias de seguridad, en función de su importancia, el órgano competente en materia de industria podrá adoptar las medidas provisionales que sean necesarias, mientras exista el riesgo, para evitar la producción de daños a personas, bienes o al media ambiente, sin perjuicio de las sanciones que pudieran imponerse por las infracciones cometidas. Así mismo, el incumplimiento de las obligaciones reglamentarias se podrá tipificar y sancionar como falta GRAVE o MUY GRAVE, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 21/1992 de Industria y en el Titulo VI, artículos 42 y 43, de la Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León.

Se recuerda también, que en las circunstancias enunciadas en el artículo 10 del Real Decreto 2267/2004, el titular del establecimiento deberá comunicar al órgano competente de la comunidad autónoma, cualquier incendio que se produzca en el establecimiento industrial.

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